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Control regular
Las normas internacionales del trabajo (NIT) están sostenidas por un sistema de control que es único a nivel internacional y está integrado por juristas expertos e independientes y por órganos tripartitos.
El control regular sirve de apoyo a los Estados Miembros para que den efecto a las NIT para alcanzar el trabajo decente y el desarrollo sostenible.
Control regular
Mediante memorias sobre nuevas NIT, convenios no ratificados y recomendaciones
Artículo 19
Los Estados Miembros presentan memorias sobre cómo implementar las NIT recién adoptadas por la Conferencia Internacional del Trabajo, así como aquellas adoptadas anteriormente.
Control regular
Mediante memorias sobre convenios ratificados
Artículo 22
Los gobiernos presentan memorias sobre las medidas adoptadas para poner en ejecución los convenios ratificados.
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Procedimientos Especiales
Las normas internacionales del trabajo (NIT) están sostenidas por un sistema de control que es único a nivel internacional y está integrado por juristas expertos e independientes y por órganos tripartitos.
Los procedimientos especiales permiten a los mandantes plantear ante la OIT las presuntas deficiencias por parte de los Estados en dar efecto a las NIT o en realizar los principios fundamentales de la OIT.
Procedimientos Especiales
Con reclamaciones y quejas sobre convenios ratificados
Artículos 24 y 26
Los mandantes de la OIT pueden presentar alegaciones de incumplimiento de los convenios ratificados.
Procedimientos Especiales
Con quejas ante el CLS
La libertad sindical y la negociación colectiva se encuentran entre los principios fundamentales de la OIT. Su respeto está implícito al ser miembro de la Organización. Por tanto, los mandantes de la OIT disponen de un procedimiento para examinar quejas por violación de estos principios, se hayan ratificado o no los convenios pertinentes.