Se puede presentar una queja sobre el cumplimiento insatisfactorio de un convenio ratificado.
La Oficina recibe una queja presentada por un Estado Miembro.
El Consejo de Administración puede decidir cómo tratar una queja.
Cada comisión de encuesta determina sus propios métodos de trabajo para examinar una queja y prepara un informe con averiguaciones y recomendaciones.
Las quejas remitidas al CLS se tratan de acuerdo a sus procedimientos. Se presenta un informe al Consejo de Administración, con seguimiento por parte de la CEACR según corresponda.
Una vez que se haya publicado el informe de la comisión de encuesta, se solicitan acciones al respecto.
El Consejo de Administración puede recomendar medidas a la Conferencia Internacional del Trabajo, si un gobierno no da cumplimiento a las recomendaciones de una comisión de encuesta o de la Corte Internacional de Justicia.
La implementación de las recomendaciones de una comisión de encuesta cae bajo el mandato de los órganos de control regular.
Las quejas las tramita el Consejo de Administración a su discreción. Por ejemplo, un caso de queja llevado por los delegados a la Conferencia Internacional del Trabajo podría cerrarse por remisión al CLS después de meses de haber sido presentado. Alternativamente, una queja puede quedar pendiente por años cuando el Consejo de Administración verifica las evoluciones. Haga clic para ver la lista de quejas por status en la base de datos NORMLEX.
La investigación promedio de una queja por parte de una comisión de encuesta dura aproximadamente 19 meses.