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Category: El CLS examina la queja

El gobierno utiliza los canales formales para comunicar con el CLS, después de presentar observaciones sobre los alegatos.

Una vez que el gobierno haya presentado observaciones sobre la alegación, solo los canales formales de comunicación están abiertos para ofrecer o solicitar información adicional u observaciones al CLS, siempre que se acompañen de evidencia documental. Excepcionalmente puede llevarse a cabo una audiencia de las partes. Asimismo, el CLS utiliza sólo canales formales de comunicación para expresar sus opiniones o para solicitar información adicional.

El CLS toma en consideración los alegatos y formula conclusiones y recomendaciones basándose en el consenso.

El CLS delibera en reuniones a puerta cerrada, sus documentos de trabajo son confidenciales y, en la práctica, las decisiones se toman por consenso.

Ningún representante o ciudadano de un Estado contra el cual se haya formulado una queja, así como ninguna persona que ocupe un puesto oficial en la organización nacional querellante de empleadores o de trabajadores, y ningún miembro del Grupo de Trabajadores o Empleadores del país concernido, podrá participar en los trabajos del CLS cuando éste examine casos en que dichas personas estén interesadas. Asimismo, no se les proporcionarán los documentos relativos a esos casos.

Prescripción
Aunque no existan reglas formales que establezcan un plazo de prescripción para el procedimiento del examen de las quejas, el CLS ha estimado que sería muy difícil, si no imposible, que un gobierno respondiera de manera detallada en relación con acontecimientos que remontan a un pasado lejano. En tales casos, puede decidir no examinar la queja.

Retiro de quejas

Cualquier solicitud de retiro de una queja debe proceder de la organización querellante interesada. Cuando se formula una solicitud, el CLS juzga las razones invocadas para explicar el retiro. Esto se hace para determinar si son suficientemente plausibles y si la solicitud se hizo con plena independencia.
Cuando se solicita el aplazamiento del examen de un caso, a instancia del querellante o del gobierno, la práctica seguida por el CLS consiste en decidir sobre el asunto en plena libertad cuando las razones ofrecidas para la solicitud hayan sido evaluadas y tomando en consideración las circunstancias del caso. Ver los Procedimientos para el examen de quejas por violaciones al ejercicio de la libertad sindical para conocer detalles.

El informe de CLS sobre un caso se transmite al Consejo de Administración para aprobación y en última instancia se publica en el Boletín Oficial y en el sitio web de la OIT. Los informes del CLS sobre cada caso tienen la siguiente estructura: alegatos, respuesta del gobierno, conclusiones y recomendaciones del CLS. Debido a que el manejo de los casos generalmente continúa durante varias reuniones, los informes sobre los casos utilizan una terminología particular para reflejar el status y los resultados.

Tipos de informes del CLS

Informe definitivo: El CLS puede estimar que el caso no precisa un examen más detenido, cuando considera que no hubo vulneración a la libertad sindical, cuando se han resuelto las cuestiones planteadas, o cuando señala un principio o directrices a seguir sin solicitar que se el mantenga informado. El caso queda cerrado.

Informe provisional: Se le pide al gobierno interesado que tome ciertas acciones concretas o proporcione informaciones adicionales para que el CLS pueda proceder a un nuevo examen del caso. Se puede pedir al gobierno que tome medidas y ponga remedio a ciertas situaciones y que informe al CLS al respecto.
El CLS normalmente vuelve a examinar el caso cuando recibe información adicional del gobierno o de la organización querellante. Si no recibe la información solicitada del gobierno, tras dos aplazamientos del caso, el CLS le dirige un “llamamiento urgente” para que envíe las informaciones solicitadas. Todo nuevo examen del CLS puede dar lugar, en su caso, a un nuevo informe provisional con conclusiones y recomendaciones a la luz de las nuevas informaciones facilitadas y seguir examinando el caso de manera completa.

Informe en que el Comité solicita se le mantenga informado de la evolución: El CLS solicita que se le mantenga informado de la evolución, cuando quiere dar seguimiento a las acciones tomadas por el gobierno para implementar sus recomendaciones, hasta que se hayan resuelto todas las cuestiones pendientes.

Terminología relativa a los casos e informes del CLS

La siguiente tabla explica la terminología utilizada para el estatus de los casos ante el CLS y la que se utiliza para clasificar los informes del CLS sobre un caso.

Los informes del CLS también se pueden encontrar en la base de datos NORMLEX, donde los casos aparecen por estatus en los perfiles por país.

El CLS ha decidido recientemente que cualquier caso inactivo, es decir, en el que no haya recibido información de las partes durante 18 meses (o 18 meses desde el último examen del caso), se considerará cerrado. Esta práctica no se utilizaría para casos graves y urgentes. El cierre de los casos inactivos relacionados con países que no han ratificado los convenios sobre libertad sindical y negociación colectiva se decidirá caso por caso, según la naturaleza del caso. Los casos que se cierren de esta manera tendrán la siguiente indicación en el sitio web de la OIT: “A falta de información por parte del denunciante o del Gobierno en los últimos 18 meses desde que el Comité examinó este caso, este se ha cerrado”.